A efectos prácticos, cuando hablamos de “toda la legislación que afecta” a la figura profesional de las Educadoras y Educadores Físico Deportivos (EFD) no nos referimos a una única norma, sino a un ecosistema regulatorio que incide en la profesión desde dos ángulos complementarios.
Por un lado, existe una normativa nuclear, que es la que determina el “marco profesional” propiamente dicho: qué denominación y encaje tiene la ocupación, qué requisitos pueden exigirse para ejercer (titulación, en su caso colegiación), cuáles son las funciones reconocibles como propias y, cuando la norma lo establece, si hay reserva de actividad o limitaciones al desempeño en determinados ámbitos.
Por otro lado, opera una normativa transversal, que no define la profesión, pero sí condiciona de forma decisiva cómo se presta el servicio: obligaciones de información y protección del consumidor, publicidad y competencia, protección de datos, seguridad y prevención de riesgos, responsabilidad civil profesional, contratación, y, en general, los estándares legales que deben cumplirse para ofrecer servicios con garantías y trazabilidad.
Esta distinción es útil porque permite identificar rápidamente qué normas afectan a la identidad y habilitación profesional (nuclear) y cuáles afectan a la operativa y cumplimiento del servicio (transversal), evitando omisiones y confusiones frecuentes al ordenar el marco legal del EFD.
En esta entrada iremos incorporando, por orden cronológico y en continua ampliación, la legislación y los enlaces que afectan al/a la Graduado/a en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, especialista en Ejercicio físico y Salud en el ámbito sociosanitario, basándonos en la normativa estatal publicada en el BOE, en la legislación deportiva de la Comunidad Autónoma de Aragón publicada en el BOA, y en las referencias del Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF).
Es la ley estatal marco del deporte. Es relevante porque incorpora el mandato de presentar un proyecto de ley estatal que regule a los/las profesionales del deporte y recoge la nueva denominación de Educador Físico Deportivo (EFD) vinculada a una profesión colegiada.
- Continuara -

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